El calendario de días inhábiles es un documento que sirve para ceñirse a los plazos señalados en la tramitación de los procedimientos administrativos.
Se elabora con sujección al calendario laboral oficial, fijando en su respectivo ámbito (administración estatal, autonómica y local) los días inhábiles.
A efectos de plazos señalados en días, se entiende que son días hábiles todos, salvo los domingos y los declarados festivos. Es importante tener en cuenta que a partir de la entrada en vigor de la Ley 39/2015 (a partir del 2 de octubre de 2016) los sábados se consideran días inhábiles a efectos de cómputo de plazos.
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Servicio telefónico (948 341076): De 8:00 a 15:00.
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Días inhábiles para el año 2020: Además de todos los sábados y domingos del año, computarán como inhábiles los siguientes días:
FECHA | MOTIVO |
1 de enero | Año nuevo |
6 de enero | Epifanía del Señor |
19 de marzo | San José |
9 de abril | Jueves Santo |
10 de abril | Viernes Santo |
13 de abril | Lunes de Pascua |
1 de mayo | Fiesta del trabajo |
25 de julio | Festivo local |
15 de agosto | Asunción de la Virgen |
12 de octubre | Fiesta Nacional de España |
3 de diciembre | San Francisco Javier |
7 de diciembre | día siguiente al Día de la constitución |
8 de dicembre | Inmaculada Concepción |
25 de diciembre | Natividad del Señor |